Imagen con fines ilustrativos. (CRH).
Las familias beneficiadas con la devolución del Impuesto al Valor Agregado (IVA) por la compra de útiles y uniformes escolares y equipo tecnológico deben solicitar a los comercios el comprobante electrónico.
La Dirección General de Tributación del Ministerio de Hacienda recordó que presentar el comprobante electrónico por esas compras es un requisito indispensable para la devolución del IVA.
También aclaró que ese beneficio solo aplica para las familias en condición de pobreza, así registradas en el Sistema Nacional de Información y Registro Único de Beneficiarios del Estado (Sinirube).
Esto, según lo dispuesto en la Ley para facilitar el acceso a los útiles escolares y equipo tecnológico publicada en el Alcance N° 195 a La Gaceta N° 227, el 3 de diciembre de 2024.
El comprobante electrónico debe incluir los datos de identificación del beneficiario (estudiante), detallar los bienes adquiridos que se encuentran en la ley (útiles escolares, uniformes, así como computadoras y tabletas que no superen los ¢462 mil), total (con o sin IVA) y fecha de emisión.
El Ministerio de Hacienda verificará que la cédula de identidad del estudiante esté vinculada a un hogar beneficiado.
En un comunicado, Tributación explicó que debido a que la ley entró a regir a partir de su publicación, las compras de útiles escolares, uniformes, computadoras y tabletas realizadas desde ese momento podrían ser elegibles para la devolución del IVA.
Sin embargo, su efectividad dependerá de la promulgación de la reglamentación específica, por lo tanto, se recomienda a los beneficiarios conservar las facturas.
“Oportunamente, se comunicará por los medios oficiales la forma en que se realizará la devolución de este impuesto”, indicó.
Source
Alexánder Ramírez